Guías · Colombia · Registro civil de nacimiento
USCIS pide una fotocopia de tu certificado de nacimiento, emitido por la autoridad civil de tu país y con el nombre de al menos uno de tus padres, más una traducción completa al inglés con la certificación del traductor. En Colombia ese documento es el registro civil de nacimiento, en su copia completa (la "copia del folio"), no el certificado resumido de una notaría.
Actualizado el 26 de octubre de 2026 · Fuentes · Información general, no asesoría legal
El Departamento de Estado indica en su lista de documentos por país (Reciprocity Schedule) que los certificados resumidos de notaría no son aceptables. Pide la "copia del folio", que trae los nombres de los padres y sus documentos, el lugar de nacimiento, la fecha de inscripción, los testigos y las notas marginales.
Las instrucciones del formulario I-485 remiten a esa misma lista para saber cómo conseguir el certificado de cada país, y aclaran que USCIS solo acepta un certificado de nacimiento que mencione al menos a uno de los padres.
Ojo: según la ley colombiana, una copia puede limitarse al nombre, el sexo y el lugar y la fecha de nacimiento; los nombres de los padres solo aparecen si se indica que el propósito es demostrar parentesco. Pide la copia completa.
La copia digital de la Registraduría lleva código QR y firma del Director Nacional de Registro Civil, pero no trae el espacio de notas. El Departamento de Estado dice que en general se acepta, aunque en algunos casos pueden pedir una copia certificada en papel.
En papel: en la registraduría o notaría donde se inscribió el nacimiento. Los registros antiguos de tomo y folio solo se consultan en esa oficina. Desde fuera de Colombia, el trámite se hace por el consulado.
Digital: en el servicio de copias de la Registraduría, con una cuenta. Desde marzo de 2026 cuesta $18.750 pesos (US$18,85 desde el exterior); la copia en papel cuesta $10.800 pesos.
La Registraduría dice que la copia digital cumple las mismas funciones que la de papel, salvo en trámites donde la ley exija el registro con sus anotaciones.
Las etiquetas de la copia digital vienen del modelo oficial de la Registraduría (Circular 0065 de 2023). Las de la copia en papel vienen de textos oficiales de la Registraduría y del Decreto 1260 de 1970; no vimos un modelo impreso en papel. Los nombres, números y fechas se copian tal como aparecen.
| En el documento | En inglés | Qué es |
|---|---|---|
| Registro del Estado Civil Digital — Nacimiento | Digital Civil Status Record — Birth | Encabezado de la copia digital. |
| Indicativo serial | Serial Number | Número del folio donde se inscribió el nacimiento. |
| NUIP | NUIP (Unique Personal Identification Number) | Se deja la sigla. Los registros antiguos pueden traer NIP. |
| Datos de la Oficina de Registro | Registry Office Information | |
| País / Departamento / Municipio | Country / Department / Municipality | El departamento es la división territorial, como un estado. |
| Fecha de inscripción | Date of Registration | |
| Datos del inscrito | Registrant's Information | La persona cuyo nacimiento se registró. |
| Nombres / Apellidos | Given Name(s) / Surname(s) | Conserva los dos apellidos y su orden. |
| Fecha de nacimiento | Date of Birth | |
| Sexo | Sex | |
| Lugar de nacimiento | Place of Birth | |
| Datos de Madre o Padre | Mother's or Father's Information | |
| Tipo de documento / Número de documento | ID Document Type / ID Document Number | |
| Nacionalidad | Nationality | |
| Fecha de expedición | Date of Issue | |
| Director Nacional de Registro Civil (firma digital) | National Director of Civil Registry (digital signature) | |
| Código QR | [QR code] | Sirve para verificar la copia digital. |
| Tomo / Folio | Volume / Folio (page) | Ubicación de los registros antiguos, anteriores al serial. |
| Espacio para notas / Notas marginales | Notes / Marginal Notes | Solo en la copia en papel: matrimonios, divorcios y correcciones. |
| Documento antecedente | Supporting Document | Con qué se probó el nacimiento, por ejemplo el certificado de nacido vivo. |
| Certificado de nacido vivo | Certificate of Live Birth | |
| Declarante | Declarant | Quien declaró el nacimiento. |
| Testigos | Witnesses | |
| Firma del funcionario | Signature of the Registering Official |
Traduce también todo lo que no está en esta lista: sellos, firmas, códigos, notas a mano y anotaciones al margen. Lo que no tiene palabras se describe entre corchetes, por ejemplo [seal] o [signature].
En general, sí. El Departamento de Estado dice que los registros expedidos electrónicamente suelen aceptarse, aunque en algunos casos pueden pedir una copia certificada en papel. La versión digital no trae el espacio de notas y vale tres meses desde que se expide.
Si es un certificado resumido, no. El Departamento de Estado pide la copia del folio, es decir, la copia completa del registro con los datos de los padres, los testigos y las notas marginales.
Las instrucciones de los formularios I-130 e I-485 piden fotocopias legibles y una traducción completa al inglés certificada por el traductor, y no mencionan la apostilla. USCIS puede pedirte el original en cualquier momento, así que guárdalo.
Sí. USCIS solo acepta un certificado de nacimiento que mencione al menos a uno de los padres. Si un padre pide a su hijo con el I-130, el certificado debe mostrar a los dos padres.
Solo como prueba secundaria. Primero hay que demostrar que el registro civil no existe o no se puede obtener, normalmente con una constancia de la autoridad civil. Después se pueden presentar registros de iglesia o de escuela, y si tampoco existen, declaraciones juradas de personas que conozcan los hechos.